Seremi Claudia Tapia será candidata a diputada…¡pero!

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El 25 de enero del año 2024 , el trabajador Ricardo Wegner, periodista, denunció a la seremi del Trabajo, representada por su actual seremi Claudia Tapia de la Peña (ella ya oficializó su candidatura a diputada por el distrito 23, en la región de La Araucanía, PS), por vulneración a sus derechos fundamentales en el contexto de su relación laboral con la denunciada, luego de 10 años de servicio a la institución.

En este contexto, el pasado viernes 9 de mayo, la abogada Carolina Zúñiga Salazar, representante del trabajador afectado, fue notificada de la sentencia, que acogiendo la denuncia, condena a la seremi del trabajo,militante del Partido Socialista y quien pretende llegar al Congreso, por Vulneración de Garantías Fundamentales, declarando que el trabajador fue vulnerado en su derecho a la integridad psíquica y a la honra con motivo del término del vínculo contractual con la demandada.

Según lo explicado por Zuñiga, el afectado se desempeñó en el servicio desde el año 2014, sin embargo, a contar del año 2023 comenzó a ser víctima de diversos actos vulneratorios por parte de su jefatura, que finalmente lo llevaron a denunciarla ante su superior jerárquico con fecha 26 de noviembre de 2023 sufriendo, con lo vivido, un cuadro de estrés laboral que lo mantuvo un largo periodo bajo tratamiento médico.

El trabajador puso en conocimiento de dichas vulneraciones al Subsecretario del Trabajo, actual ministro de la cartera, Giorgio Boccardo, como superior jerárquico de la Seremi de la cartera, sin que a su respecto se hayan adoptado las medidas de resguardo y protección que señala la ley y tampoco se inició una investigación interna para sancionar a los responsables, perpetuando de esta forma las vulneraciones sufridas de parte de la denunciada.

«Nosotros nos sentimos confiados con lo resuelto, ya que por un lado se reconoce la vulneración y la afectación de la que fue víctima mi representado, queda en evidencia las malas prácticas de una seremi que tiene por principal misión la de velar y resguardar los derechos laborales. En este sentido, los hechos que denunciamos fueron ampliamente acreditados y le permitieron al tribunal laboral arribar a la convicción que la seremi del trabajo, , vulneró la integridad psíquica y la honra del trabajador», explicó la abogada.

PRUEBAS

En el juicio, no solo se logró dar por acreditados los actos de hostigamiento por parte de la autoridad, sino que también se pudo acreditar que con fecha 23 de noviembre de 2023 el trabajador fue citado por su jefatura, para anunciarle anticipadamente que se procedería al término de su contrato, dando a entender que era una decisión a nivel central, en circunstancias que la propia Seremi había solicitado el término anticipado de su contrato mediante informe dirigido al Subsecretario del Trabajo.

Zuñiga detalló que «El trabajador, no solo debió soportar las vulneraciones en el trabajo diario en la Seremi del trabajo, sino que además con fecha 29 de noviembre de 2023, él se enteró por las noticias aparecidas en medios digitales de las expresiones de su jefatura, donde refiriéndose a su persona, doña Claudia Tapia indicó que el funcionario de la Seremi había hecho uso de una larga licencia, que una investigación había determinado que no era de origen laboral y que desde la Subsecretaría fue su desempeño profesional lo que se tomó en consideración para proceder a su desvinculación».

Estas declaraciones efectuadas por la Seremi, resultaron ser infundadas, por lo que sus dichos no lograron ser acreditados en juicio por parte del Consejo de defensa del Estado, quien asumió la defensa de la cartera del trabajo, puesto que nunca existió dicha evaluación de desempeño y con toda la prueba aportada por la defensa del trabajador, se acreditó el buen rendimiento profesional del periodista, el alto grado de compromiso con la labor institucional, y que dicha desvinculación fue adoptada luego de la denuncia que el propio trabajador hiciera ante el Instituto de seguridad laboral y ante el superior jerárquico de la cuestionada Seremi del trabajo.

El fallo del Juzgado del trabajo señala que “resulta atendible que el actor se sienta menoscabado y afectado en su derecho a la honra desde que aún no se formalizaba su desvinculación y la Seremi, frente a medios de comunicación declara que el motivo del término de vinculo se relaciona con su desempeño profesional, de lo que no puede sino interpretarse que si se pone termino por ese motivo es que el desempeño profesional es deficiente, por lo que se acogerá la demanda …”

La demandada dispone de un plazo de 10 días hábiles para impugnar dicha sentencia, sin embargo, la defensa del trabajador, destaca que los hechos denunciados fueron ampliamente acreditados y espera confiada que sea la Corte de apelaciones de Temuco, quien confirme el fallo y de por zanjada la situación laboral del trabajador.

Finalmente, la abogada señaló que «este fallo es, sin duda, muy significativo, puesto que evidencia el principio contenido en el artículo 19 Nº2 de la Constitución Política que indica que en Chile no hay persona ni grupo privilegiados…” destacamos también en él, la transparencia de nuestros tribunales laborales y el alto compromiso con la justicia y defensa de los derechos del trabajador».


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